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INGRESO A LA ARGENTINA

Actualización 26 de agosto de 2022

Decisión Administrativa 370/2022

 

El ingreso de personas al territorio argentino quedará sujeto al cumplimiento de los requisitos migratorios vigentes y del conjunto de medidas sanitarias que se detallan a continuación:

 

El Gobierno nacional flexibilizó, a partir de este viernes, las medidas vinculadas con el ingreso y salida del país al estabilizarse los datos epidemiológicos en el marco de la pandemia de coronavirus, y ya no será necesario rellenar la declaración jurada electrónica para las entradas y los egresos del territorio nacional.

A su vez, se establece que "no será necesario realizar controles de temperatura en los puntos de ingreso al país ni en los embarques con destino al territorio nacional".

Finalmente, en caso de detectarse o reportarse en el punto de entrada al país un caso positivo o sospechoso de COVID-19, se procederá teniendo en cuenta iguales medidas de prevención y control que para cualquier infección respiratoria aguda, según lo establecido en el documento denominado “ESTRATEGIA DE VIGILANCIA Y CONTROL INTEGRAL DE COVID-19 Y OTRAS INFECCIONES RESPIRATORIAS AGUDAS” publicado por el MINISTERIO DE SALUD en abril del año 2022 y respetando las exigencias del REGLAMENTO SANITARIO INTERNACIONAL (2005). A tal fin, los puntos de entrada al territorio nacional deberán adecuar los Planes de Contingencia al actual escenario epidemiológico y a las medidas nacionales que se tomen al respecto, facultándose al MINISTERIO DE SALUD a dictar las que en consecuencia considere necesarias.

Podrán establecerse restricciones al ingreso de los y las acompañantes de los pasajeros y las pasajeras a las terminales aeroportuarias cuando la situación epidemiológica así lo requie

Más información:

https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decisi%C3%B3n_administra...

 

 

 

 

Fecha de actualización: 26/09/2022